Después del éxito en pandemia, vuelven los tres días sin IVA en Colombia ¿preparados? aquí te contamos cuáles serán esas fechas y los productos que puedes comprar en el país. Todo, a partir del mes de octubre, noviembre y diciembre. La noticia fue confirmada por el mismo Duque desde España.
A través de la Ley de Inversión Social, este martes se confirmaron los tres días sin IVA en Colombia. Pues, la propuesta surge del apoyo del ministro de Hacienda, José Restrepo, Lisandro Junco, director de la DIAN y Jaime Cabal, presidente de Fenalco y algunos comerciantes.
Así quedaron las fechas para el día sin IVA:
28 de octubre, 19 de noviembre y 3 de diciembre de este 2021, con el fin de evitar aglomeraciones por la época decembrina.
Por está razón, las compras las puedes realizar de manera presencial y virtual en todo el país.
Teniendo en cuenta que este ejercicio de reactivación económica tuvo una buena respuesta en el año 2020. Llevados acabo el 19 de junio y el 3 y 19 de julio, el presidente invitó a la ciudadanía a participar con total responsabilidad y a seguir los protocolos de bioseguridad.
Según expertos, los tres días sin IVA en Colombia darán una inyección en la economía del país, la cual creció un 17,6 % en el segundo trimestre del 2021.
¿Qué puedo comprar durante los 3 días sin IVA?
1. Vestuario cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a veinte (20) UVT, sin incluir el Impuesto sobre las Ventas -IVA.
2. Complementos del vestuario cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a veinte (20) UVT, sin incluir el Impuesto sobre las Ventas -IVA.
3. Electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones, cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a ochenta (80) UVT, sin incluir el Impuesto sobre las Ventas – IVA.
4. Elementos deportivos cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a ochenta (80) UVT, sin incluir el Impuesto sobre las Ventas -IVA.
5. Juguetes y juegos cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a diez (10) UVT, sin incluir el Impuesto sobre las Ventas -IVA.
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6. Útiles escolares cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a cinco (5) UVT, sin incluir el Impuesto sobre las Ventas -IVA.
7. Bienes e insumos para el sector agropecuario cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a ochenta (80) UVT, sin incluir el impuesto sobre las ventas -IVA.
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